El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha desestimado por tanto la medida cautelar solicitada por PSOE, ULEG e IU para suspender el presupuesto de este año. Una petición que realizaron después de que en Pleno no saliera adelante la aprobación de esas cuentas y fueran aprobadas en Junta de Gobierno.
El ejecutivo local siempre se ha escudado en que la reforma local del gobierno de Mariano Rajoy permite que si los presupuestos no salen adelante en Pleno, para evitar la paralización de los municipios se podrían aprobar en Junta de Gobierno. Y aunque la Justicia seguirá investigando, lo cierto es que es la segunda vez que un órgano judicial no accede a la paralización del presupuesto propuesta por la oposición.
El alcalde, Jesús Gómez, ha asegurado que los tres grupos municipales deberían “trabajar por la ciudad” en lugar de practicar el “bloqueo constante” del consistorio, y ha explicado que en la sentencia del TSJM se alude a que la suspensión cautelar del presupuesto sería más perjudicial que la defensa del bien que la oposición “dice defender”.
Comentarios
Pedro Barrios dice:
Los presupuestos de las instituciones públicas deben ser aprobados en los plenos. El Tribunal Superior de Justicia ha rechazado la suspensión cautelar del presupuesto de Leganés, porque el perjuicio que provocaría la suspensión sería mayor, que la defensa de los derechos de los concejales. Una regla que de hecho es, un coladero para aplicar a muchas leyes. Un grandísimo error del tribunal citado.
martes, 07 de octubre de 2014 a las 12:26