Aparcar en el carril bus o conducir sin luces no restará puntos del carné.
Conducir sin el alumbrado cuando éste sea obligatorio, aparcar en el carril bus o estacionar en lugares especialmente peligrosos (tales como túneles o cambios de rasante) no conllevarán, a partir ahora, una reducción en los puntos del carné.
Tampoco circular por autovías con un vehículo no permitido, sobrepasar el número de plazas ocupadas en el coche, conducir de forma negligente o aumentar la velocidad para no ser adelantado.
Con la nueva Ley de Tráfico, aprobada por el Congreso a finales de octubre, ninguna de estas infracciones restará puntos al carné de conducir. Eso sí, permanecerá su sanción económica.
Dirección General de Tráfico no devolverá los puntos que se hayan restado antes de la publicación del texto, el 24 de noviembre, en el BOE, pero sí que archivará todos aquellos expedientes en proceso de recurrir una de estas multas.
Además, con esta nueva Ley de Tráfico, desaparece también la suspensión temporal del carné, de modo que la única forma de perder el carné será quedarnos sin los 12 puntos (8 en el caso de conductores noveles).
Por otro lado, gran parte de la nueva norma no entrará en vigor hasta dentro de seis meses. Entonces podrá, por ejemplo, aplicarse el descuento del 50% en aquellas multas cuyo importe se abone en el momento.
Será entonces, además, cuando también entren en vigor nuevas sanciones (de hasta 6.000 euros y 6 puntos menos del carné) para quienes manipulen o tapen la matrícula quienes utilicen inhibidores de radares.
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