La asociación ha acogido con gran satisfacción la sentencia en la que se declara culpable a Uralita por no adoptar las medidas de protección necesarias para preservar la salud de los trabajadores.
Al respecto, la sentencia recoge que de haber contado la parte trabajadoras con equipos adecuados y haberse procurado una limpieza acorde a la reglamentación, las enfermedades no se hubiesen desarrollado o la exposición e inhalación habría sido mucho menor.
Además, las empresas incurrieron en claras omisiones que les eran exigibles y que hubiera evitado o minimizado el daño y patologías ocasionadas, actuando de manera negligente y culposa pues podían y debían conocer la existencia de las enfermedades derivadas de la exposición al amianto o asbestos, debido a la normativa reglamentaria que así lo determinaba y conociendo o debiendo conocer las obligaciones que esa normativa imponía.
Según la asociación, si bien en los fundamentos de derecho la sentencia reconoce la culpa de Uralita en la totalidad de los casos, el fallo desestima 17 de estos por prescripción del derecho a reclamar o por haberse juzgado previamente por los mismos actores.
Al no estar de acuerdo con ello, Avida ha anunciado la intención de recurrir los casos desestimados ya que ha agregado que los trabajadores han sufrido un grave empeoramiento de su salud y en la mayoría de los casos se ha producido la aparición de nuevas enfermedades.
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