Tan sólo el 16% de los convenios colectivos regula el acoso sexual en el trabajo, según la URJC.
Según el estudio de la Universidad Rey Juan Carlos tan sólo el 16% de los convenios colectivos vendría a recoger una regulación sobre situaciones de acoso sexual y psicológico en el trabajo.
El estudio se ha realizado sobre los cerca de 200 convenios colectivos publicados en el BOE durante 2007.
De todos ellos sólo 32 sí vienen a contemplar problemas de acoso psicológico y sexual en el trabajo, considerándolos como faltas “graves”. Sin embargo, denuncian los autores del estudio, su regulación se limita a lo superficial, recogiendo meras declaraciones de intenciones o manifestando un compromiso de actuación.
Un compromiso de actuación que, por otro lado, se produce a posteriori en la mayoría de los casos. Del estudio se desprende que gran parte de las medidas adoptadas por los convenios son, al fin y al cabo, reparadoras, pero no preventivas.
Bajo el título de “Tratamiento convencional de los riesgos psicosociales”, el estudio hay sido realizado por el Instituto de Derecho Público de la URJC y el Observatorio Permanente de Riesgos Psicosociales de UGT.
Un trabajo que ha servido, además, para analizar la presencia de otros riesgos psicosociales en convenios colectivos tales como estrés laboral, absentismo o salud mental en relación con los tiempos de trabajo. También aquí, sentencia el estudio, “son inexistentes” las cláusulas relacionadas con estos problemas.
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