Metro no cree que el choque en las cocheras de Loranca fuera accidente laboral
El accidente ocurrió en el depósito de Loranca, cuando José Manuel Pérez, gerente de Mantenimiento accedió a uno de los trenes con su mujer, su hijo de cuatro años y una joven suiza de 17 años, que era la “au pair” del niño. El choque del tren contra un talud de siete metros, tras ponerse en marcha por causas todavía desconocidas, causó la muerte del gerente y de la menor.
En este caso es Inspección de Trabajo quien debe determinar si es o no accidente laboral, aunque desde Metro se asegura que no existen diferencias sustanciales en la indemnización a las familias de los fallecidos sea un caso u otro.
No opinan lo mismo dos abogados laboralistas consultados por El País que aseguran que un siniestro en el lugar de trabajo se suele considerar accidente laboral y las indemnizaciones pueden ser mayores en caso de que haya responsabilidad de la empresa.
El convenio de Metro establece una indemnización de 50.000 euros en concepto de seguro de vida para el gerente “en caso de accidente”, aunque no se especifica de qué tipo. Sin embargo, Antonio García, Coordinador de los abogados de CCOO, cree que “al usar el convenio están aplicando la normativa laboral”.
La pasada semana, la empresa pública, envió una circular a los mandos intermedios de la dirección de operaciones, en el que se recordaban las normas que ya existen, entre las que se dice que en la cabina del conductor sólo puede ir una persona, salvo casos excepcionales.
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