Una de las mayores polémicas de esta reforma de la administración local es que el Estado fija por primera vez el régimen retributivo de los cargos públicos y lo hace fijando como base el salario de los Secretarios de Estado y la población de cada municipio.
A los 100.000 euros brutos anuales que recibe un Secretario de Estado habrá que reducir un 10% para los municipios de entre 300.000 y 500.000 habitantes; un 20% menos para aquellos que tendrán entre 150.000 a 300.000 vecinos; un 25% entre 75.000 y 150.000 habitantes; un 35% entre 50.000 y 75.000 habitantes; un 45% entre 20.000 y 50.000 habitantes o 55% menos para los que cuenten con entre 10.000 y 20.000 habitantes.
También se fijan el número de concejales en régimen de dedicación exclusiva desde un solo edil para los municipios de entre 1.500 y 2.000 habitantes hasta los 15 concejales para las localidades que tengan entre 50.000 y 100.000 vecinos.
También se limita en función de la población el número de cargos de confianza.
La ley incentiva las fusiones municipales voluntarias para aquellas localidades que sean colindantes y estén dentro de la misma provincia. El nuevo municipio fusionado tendrá una mayor financiación per cápita, dispensa temporal para no prestar los nuevos servicios que pudieran resultar obligatorios por su aumento de población o preferencia en planes de cooperación local de infraestructuras, obras, servicios y subvenciones.
Comentarios