La sentencia, del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 22 de Madrid, se reconoce que dicho pleno concluyó “sin dar cumplimiento al punto 22 del orden del día”. El juez además obliga a la alcaldesa a “anular dicha actuación” (la suspensión del Pleno) y ordena a Herrera que “dé efectivo cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 46.2.e) de la Ley 7/1985”, que obliga a que se garantice la participación de todos los grupos municipales en la formulación de ruegos, preguntas y mociones.
La portavoz del grupo socialista de Ciempozuelos, Raquel Jimeno, ha explicado que en el caso de las preguntas aludidas, “éstas fueron registradas en el mes de noviembre, pero no fueron contestadas”, por lo que la sentencia supone “un toque de atención” a la regidora por “restringir, limitar o coartar nuestra función, que es fiscalizar la labor del gobierno”.
Por su parte fuentes municipales han indicado que la alcaldesa siempre actuó en consecuencia con lo que le dijo el secretario, que es quien tiene potestad en este tipo de asuntos relacionados con el orden del día del Pleno Municipal.
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