El auto de la Sala Social del Tribunal Supremo con fecha de 26 febrero de 2013 acuerda la “inadmisión del recurso de casación” interpuesto por el Ayuntamiento de Parla en este caso concreto, por lo que viene a confirmar la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 28 de mayo de 2012 en la que se declara nulo el despido de este trabajador.
Dicho auto, contra el que no cabe recurso, recuerda que el abogado del consistorio parleño recurrió la sentencia del TSJM para “unificar doctrina” con respecto a otros recortes de personal en administraciones públicas, aunque el magistrado del Supremo entiende que “los supuestos examinados no son iguales”.
Al respecto, fuentes municipales han señalado que cumplirán las sentencias y que readmitirán al trabajador en caso necesario, aunque han recordado que “no se trata de procedimientos unitarios”, ya que los despidos fueron denunciados individualmente, por lo que las sentencias se encuentran “en diferentes fases”, algunas han sido ganadas por el Ayuntamiento y sólo ésta, por el momento, ha llegado al Tribunal Supremo.
En este sentido los sindicatos han opinado sin embargo que este auto del Tribunal Supremo podría “crear jurisprudencia” para el resto de los 56 despidos que fueron denunciados (de los 66 trabajadores despedidos en total en octubre de 2011). Tanto Rafael Sirviente como Enrique Cuesta, delegados de UGT y CCOO respectivamente, la decisión del Tribunal Supremo viene a ratificar la postura que habíamos mantenido con los despidos, es decir, que eran injustos e ilegales.
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