La Sala de lo Social del Supremo entiende que durante la huelga convocada contra su despido por el cierre del centro de Fuenlabrada, la empresa sustituyó la producción dejada de realizar por las de otras embotelladoras del grupo, con lo que se perjudicó el adecuado desarrollo del periodo de consultas.
El Alto Tribunal ratifica así la sentencia de la Audiencia Nacional que declaraba, en junio de 2014, nulo el Expediente de Regulación de Empleo de la empresa. Éste afectaba a 1.190 trabajadores y suponía el cierre de cuatro fábricas en España, las de Fuenlabrada, Alicante, Asturias y Palma de Mallorca.
La sentencia del Tribunal Supremo es directamente ejecutiva y va acompañada de la condena al embotellador del pago de salarios de tramitación.
Los trabajadores han celebrado con alegría la decisión judicial y aseguran que era una cosa esperada porque la sentencia de la Audiencia “se basa en hechos probados”.
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