Después del impacto con la puerta, producido en 2003, el paciente acudió al Servicio de Urgencias de Atención Primaria de Valdemoro, desde donde se le derivó al Hospital 12 de Octubre para una revisión mayor para detectar posibles fragmentos.
Sin embargo, en el Hospital diagnosticaron únicamente “heridas superficiales”, por lo que el fragmento quedó dentro del cuello y en contacto con la carótida. Esto provocó un Síndrome de Horner, caracterizado por caída del párpado, contracción de la pupila y falta de sudoración facial. Además quedó afectada una de sus cuerdas vocales, provocando disfonía crónica.
Finalmente el paciente fue sometido a un TAC cuatro años después, en 2007, y tras dos intervenciones, el objeto fue retirado. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid condena ahora al SERMAS a una indemnización de 35.000 euros ya que la pieza podría haber sido localizada con pruebas diagnósticas “sencillas”.
La presidenta de la asociación Defensor del Paciente, Carmen Flores, ha asegurado que es un ejemplo más de que ahorrase el coste de una prueba puede derivar en gastos y daños mucho mayores.
Con todo, la acusación pedía 120.000 euros de indemnización más las costas del juicio. La sentencia no admite recurso.
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