Según el concejal de Comercio, José Javier de Diego, “se trata de una ordenanza pionera” ya que se agilizan los trámites para favorecer así la creación de empleo.
La nueva ‘Ordenanza Reguladora de la Apertura de Establecimientos para el Ejercicio de Actividades Económicas’ pretende fomentar la actividad comercial de Leganés, ya que se podrá iniciar en el plazo de 20 días desde la presentación de la solicitud.
Según ha informado el Ayuntamiento, en los casos de establecimientos destinados a actividades inocuas (en los que no es preciso un informe de evaluación ambiental, como zapaterías o papelerías), bastará con presentar una comunicación previa. Si se requiriera informe de evaluación ambiental, se ha de presentar una declaración responsable que servirá también para comenzar la actividad en 20 días.
En la actualidad la licencia de apertura para actividades inocuas puede demorarse hasta dos años. El concejal ha dejado claro que “esto no exime de forma alguna al comerciante de cumplir con todas y cada una de las formalidades que se exigen para iniciar su actividad; pero una vez puesto en marcha el establecimiento”.
Las únicas actividades que mantendrán un calendario más dilatado son aquellas sometidas a la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, entre las que se encuentran los bares y restaurantes.
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