Comisiones Obreras basa su querella en los informes de la inspección de trabajo y en la sentencia de la Audiencia Nacional que declaró nulo el ERE de Coca Cola. Según el sindicato, en los dos casos queda demostrado que la empresa contrató externamente la producción y distribución a otras plantas embotelladoras cuando se inició la huelga y se cerró la planta de Casbega en Fuenlabrada.
Para Comisiones tanto la inspección como la Audiencia constatan una práctica de esquirolaje que vulnera el derecho constitucional de huelga tipificado como delito en el Código Penal. Francisco López, secretario de política sindical de Comisiones Obreras, cree que existen más que indicios suficientes para conseguir una sentencia condenatoria-
El artículo 315 del código Penal contempla penas de prisión entre seis meses y tres años a los que mediante engaño o abuso de situación de necesidad impidieren o limitaren el ejercicio de la libertad sindical o el derecho de huelga.
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