La orden de entrada y registro que permitió a los investigadores tener pruebas como videos y material pornográfico y que desencadenó la denuncia de los jóvenes supuestamente víctimas, ha sido anulada por los magistrados. La policía había atribuido al acusado la compra de tres DVDs con material pedófilo, algo penado con multa o cárcel, pero insuficiente desde el punto de vista jurídico, para proceder a ordenar la entrada y registro de su casa.
La Sala entiende que la invalidez jurídica de la diligencia del Juzgado de Instrucción de Valdemoro anula por extensión la capacidad probatoria de todo el material incautado en el registro, además al no existir prueba anterior, ni denuncia de víctimas que justifique efectuar el citado registro, se ha procedido a la absolución.
Según los magistrados, la compra de estos DVDs es un comportamiento “merecedor de reproche penal pero no puede hablarse de hechos delictivos graves, sobre todo cuando” no constaba que hubiera “actividad de publicación de imágenes que hubiera que tratar de evitar”.
El acusado era monitor de un club ciclista de Valdemoro y como tal realizaba rutas con los menores. Después les llevaba a su casa para que se duchasen, arreglasen sus bicis y jugasen a la videoconsola, momento en el que según la acusación, cometía los supuestos abusos y presuntamente tomaba fotografías de los menores desnudos. Los hechos, según la acusación se habrían producido entre 2010 y 2012 y el fiscal pedía para él 89 años y dos meses de prisión. Contra esta resolución se puede interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo en cinco días desde su notificación.
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